¿Qué implica la «modernización laboral» aprobada?

Este miércoles, después de aprobar en general la Ley Bases, el Senado también aprobó el apartado de reforma laboral, introduciendo significativos cambios en la legislación del trabajo, con ciertas modificaciones en comparación al proyecto que llegó con media sanción de Diputados.

El Título V, llamado «modernización laboral», fue aprobado en su mayoría, tal como lo presentó el oficialismo, obteniendo 37 votos a favor y 33 en contra. Sin embargo, el artículo 96, que buscaba derogar el Estatuto del Vendedor Viajante, fue votado por separado y rechazado con 52 votos en contra y 18 a favor.

El resto de los capítulos y artículos, así como el Título IV sobre la promoción del empleo registrado, fueron aprobados sin cambios.

¿Cómo quedó la reforma laboral de Milei?
En comparación con el proyecto inicial de Diputados, se lograron consensuar cambios en aspectos críticos, especialmente en lo referente al período de prueba y la nueva estructura de relación laboral para trabajadores independientes con colaboradores.

Las reformas abarcan modificaciones a la Ley de Contrato de Trabajo y la Ley de Empleo, además de ajustes en el régimen agrario. A continuación, se presentan los puntos destacados:

Régimen simplificado de registración laboral: Se implementa un sistema simplificado de registración laboral, con un aporte único para empresas con hasta 12 empleados. También se introduce un sistema de condonación de multas por trabajador no registrado.

Extensión del período de prueba: Este se extiende de tres a seis meses, con la posibilidad de ampliarlo a ocho meses para pymes que empleen entre seis y cien trabajadores, y hasta un año para empresas con menos de cinco empleados.

Fondo de cese laboral: Se crea un fondo alternativo a las indemnizaciones tradicionales por despido, que puede establecerse mediante convenios colectivos de trabajo y financiarse con aportes mensuales de los empleadores. Este aporte, que no puede superar el 8% del salario, será exclusivamente a cargo del empleador y se utilizará para constituir el fondo de cese laboral. La Secretaría de Trabajo será responsable de reglamentar el proceso administrativo.

Trabajadores independientes, la nueva figura del trabajador «colaborador»: Se redujo de cinco a tres el número de colaboradores que los trabajadores independientes pueden emplear sin que se considere una relación de dependencia, ajustando así lo aprobado previamente por la Cámara de Diputados.

Agravamiento indemnizatorio por despido discriminatorio: Se incrementa la indemnización en casos de despido por motivos discriminatorios, tales como raza, etnia, religión, nacionalidad, ideología, opinión política o gremial, sexo, género, orientación sexual, posición económica, características físicas o discapacidad.

Modificaciones en licencias por maternidad: Se prohíbe el trabajo para mujeres o personas gestantes durante los 45 días anteriores y posteriores al parto, permitiendo reducir la licencia previa al parto a un mínimo de 10 días y acumular el resto del tiempo al período postparto.

Fotos: Archivo.

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