Aumento de prepagas: ¿Quiénes pueden reclamar? [Columna]

Luego de varias resoluciones judiciales dictadas a favor de los usuarios de empresas de medicina prepaga, quienes lograron el reajuste de la facturación y el freno a los aumentos estipulados desde enero del presente año, debemos preguntarnos ahora: ¿Quiénes pueden reclamar?, ¿Cuál es la mejor forma de hacerlo?, ¿Qué se debe demostrar?, etc., veamos en detalle estas preguntas.

¿Quiénes pueden reclamar?
Todos aquellos afiliados a quienes los aumentos estipulados, desde enero del presente año hasta la actualidad, les hayan afectado de tal manera que se tornó imposible o de muy difícil cumplimiento el pago de la factura.

Si bien el ser un consumidor hipervulnerable, como lo son los retirados, jubilados y/o pensionados o padecer algún tipo de enfermedad, genera una presunción a favor del afiliado, lo cierto es que cualquier afiliado a una prepaga puede reclamar, siempre y cuando el aumento le afecte de manera directa y real, no siendo necesario pertenecer a un grupo vulnerable, ni demostrar circunstancias de gravedad.

¿Cuál es la mejor forma de hacerlo?
Desde nuestro Estudio siempre aconsejamos optar por la vía procesal que mejor se adecue a la situación particular del afiliado.
En los casos donde los afiliados sean consumidores hipervulnerables (por edad avanzada o por encontrarse transitando algún tipo de enfermedad) consideramos que debería presentarse una Medida Cautelar en el fuero Federal, la cual se caracteriza por ser expeditiva y no tener una prolongada actividad probatoria durante en proceso judicial.

Por otra parte, aquellos afiliados que no formen parte de un sector hipervulnerable -aunque consideramos que todos los consumidores en sí son hipervulnerables- pueden optar por otra vía mas adecuada, cual es un reclamo ante el COPREC amparándose en el derecho del consumidor y, en caso de no tener una respuesta favorable, entonces quedaría habilitada la posibilidad de presentar una Medida Cautelar como la explicada en el párrafo anterior.

¿Qué se debe demostrar?
Uno de los principales argumentos que exponen los jueces para hacer lugar a los reclamos de los afiliados es el hecho de que no intervenir en los precios de la prepaga dejaría librado el derecho a la salud y a la vida a las inescrupulosas leyes del mercado e, incluso, los aumentos podrían provocar la renuncia de los afiliados a la prestación médica, lo cual traería aparejado un enorme perjuicio a su salud.
Con lo cual debiera probarse, en todos los casos, que los aumentos estipulados por la prepaga no han acompañado el aumento de las jubilaciones, los incrementos de los haberes o, incluso, los ingresos de los afiliados que sea independientes. Probando ello, se podrá manifestar que, al existir una inequidad en tales aumentos, se torna imposible poder afrontar el pago de la factura.

¿Qué es lo que se solicita en estos reclamos?
Al presentar un reclamo judicial o una presentación ante el COPREC, lo que se debe solicitar es la “readecuación del valor de la prepaga”, retrotrayendo de esa manera el valor a diciembre del 2023.Y, por otro lado, se solicita que el aumento de las cuotas se calcule en base al Índice Salarial que confecciona el INDEC, en tanto el mismo refleja -en términos amplios y generales- el aumento mensual de los ingresos de los asalariados.
Por todo ello es importante que consulten respecto de la situación particular de cada afiliado, a fin de poder defender su derecho como consumidor y su derecho de acceso a la salud.

Foto: Archivo.