
De cara al balotaje del domingo 19 de noviembre, surgen inquietudes en torno a la obligación de votar para aquellos que no participaron en las elecciones generales.
Es importante destacar que todas las personas que no ejercieron su derecho al voto en elecciones previas deben cumplir con esta obligación en las siguientes instancias electorales, siempre y cuando se encuentren en el rango de edades de 18 a 70 años y estén registradas en el padrón electoral.
La omisión de sufragar el día de los comicios puede acarrear sanciones económicas que oscilan entre los $50 y los $500, o incluso la imposibilidad de realizar trámites en las entidades municipales, provinciales y nacionales. Sin embargo, estas penalizaciones no eximen a las personas de su deber de participar en las próximas elecciones.
Para verificar si existe alguna multa pendiente por no cumplir con la obligación de votar, es necesario visitar el sitio web de la Cámara Nacional Electoral (CNE) y acceder a la sección «Registro de Infractores».
La página de la CNE aclara que la gestión de las solicitudes realizadas a través de este medio es responsabilidad exclusiva de la Secretaría Electoral del distrito correspondiente. Para efectuar la consulta, solo se requiere ingresar el número de documento, género y distrito electoral, y proporcionar el código de validación solicitado por la página. Finalmente, se debe hacer clic en «Consultar» para verificar si existe alguna multa por no cumplir con el deber de votar.
Foto: Télam.
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